La Junta de Gobierno del Colegio ha decidido retrasar los trámites para la aprobación de los nuevos Estatutos del Colegio, con motivo del requerimiento del Servicio Vasco para la Defensa de la Competencia a los colegios profesionales y del anteproyecto de la Ley Omnibus. El ...
Fuente: COITI de Bizkaia Tema: Secretaría
....pasado 16 de diciembre, en la Junta General Extraordinaria de Colegiados se aprobaron los nuevos Estatutos del Colegio para dar cabida en los mismos al Reglamento del Registro de Sociedades Profesionales del C.O.I.T.I. de Bizkaia y a los futuros titulados de Grado.
Iniciados los trámites para su definitiva aprobación por la administración del Gobierno Vasco, el Servicio Vasco de Defensa de la Competencia nos informa, con fecha 14.01.09, de la Resolución del Tribunal Vasco de Defensa de la Competencia de fecha 29.10.08, instando a los colegios profesionales para que procedan voluntariamente a adoptar las medidas necesarias para la derogación de cualquier conducta prohibida por los artículos 1 ó 2 de la Ley de Defensa de la Competencia, y en particular, para "que se proceda voluntariamente a la derogación de los baremos orientativos de honorarios equivalentes a recomendaciones colectivas de precios".
En vista del citado requerimiento, no se remiten los Estatutos a la Consejería de Justicia para su definitiva aprobación, y el 22.01.09 se contesta al citado Servicio solicitando su colaboración, a la cual se habían ofrecido, para analizar el contenido de los siguientes documentos:
- Los Estatutos del C.O.I.T.I. de Bizkaia.
- Derechos de Visado de Trabajos Profesionales
- Normativa para el Visado de Trabajos Profesionales
El pasado 05.06.09 hemos recibido un Informe del Servicio Vasco de Defensa de la Competencia, donde señala que no tiene ninguna observación que realizar en cuanto a los Derechos de Visado y Normativa para el Visado, sin embargo, respecto de los Estatutos hace una serie de recomendaciones y en sus conclusiones señala " ..., si bien se considera lícito que el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia decida esperar a que sea aprobado como Ley por las Cortes el actual Anteproyecto", refiriéndose a la Ley Omnibus.
Por lo expuesto, en vista del citado Informe y que está pendiente la definitiva aprobación en el presente ejercicio, de la "Ley de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio" (conocida como Ley Ómnibus), que tanto podrá afectar a la regulación de los colegios profesionales, la Junta de Gobierno del Colegio, en sesión celebrada el 09.06.09, ha tomado la decisión de esperar la aprobación de esta Ley antes de realizar los trámites reglamentarios para la modificación y aprobación definitiva de los Estatutos del Colegio, así como, que queden sin efecto aquellos artículos de los actuales Estatutos que hacen referencia a los honorarios o retribución de los profesionales colegiados y que ambas situaciones sean comunicadas a nuestros colegiados por los cauces habituales.
Por lo expuesto, a partir de esta fecha quedan sin efecto los artículos de los vigentes Estatutos del Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia que hagan referencia a los honorarios o retribución de los profesionales colegiados.